El diario La Razón, publica hoy el siguiente artículo sobre la adaptación de las empresas a la nueva protección de datos.
Por Guillermo Chaverri
NAVARRA.COM
23 de Mayo de 2018
Con fecha 27 de abril de 2016 el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea adoptaron el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679).
Aparentemente parece una norma más a nivel comunitario, pero lo cierto es que nos encontramos ante un Reglamento de aplicación directa en todos los Estados miembros de la UE, con incidencia directa en todas las empresas y administraciones públicas de nuestro país.
La protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho fundamental, así recogido en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y en nuestro caso, también en la Constitución española.
La entrada en vigor del Reglamento en mayo de 2016, dispuso un periodo de 2 años para que, tanto las empresas como las administraciones públicas de la UE, se adaptaran a lo establecido en la nueva normativa comunitaria sobre protección de datos. Dicho plazo tiene como fecha marcada en rojo el próximo 25 de mayo de 2018, fecha en la cual el Reglamento General de Protección de Datos tendrá plena aplicación en la Unión Europea, y por tanto, también en España.
Las autoridades comunitarias decidieron otorgar un plazo de 2 años, que “expira” el próximo 25 de mayo de 2018, de carencia aplicativa del contenido del Reglamento General, con el único propósito inapelable de que las instituciones, empresas y organizaciones que tratan datos se hayan preparado y adaptado para el momento en el que el Reglamento sea aplicable.
¿Por dónde empezar? ¿Qué debe hacer mi empresa para adaptarse a la normativa comunitaria sobre protección de datos? Son muchas las cuestiones e interrogantes que se plantean, por ello, trataré de resumir a continuación cuáles son los principales aspectos que exige el Reglamento General.
Asimismo, en paralelo a todo lo anterior, las empresas, administraciones y entidades en España deberán adecuar sus formularios de solicitud de información, adaptar los mecanismos y procedimientos para el ejercicio de derechos, revisar y adaptar los contratos ya firmados con los encargados de tratamiento así como elaborar o corregir las políticas de privacidad.
En definitiva, la aplicación del RGPD a partir del próximo 25 de mayo de 2018 va a suponer un reto para las empresas y administraciones en España, debiendo estar preparadas y adaptadas para la plena aplicación de una normativa comunitaria que va a regular, con mayor exigencia, todos los aspectos relacionados con el derecho fundamental e individual que tenemos cada uno de nosotros a un tratamiento ajustado a derecho de nuestros datos personales.